CÓDIGO CIVIL - RPBA
www.rpba.gov.ar › files › NormasCódigo Civil de la República Argentina 3 Memoria de DUVERGIER que se halla en la Revista de la Legislación, año de 1845, p. 1. Art. 6.- (*VS) La capacidad o incapacidad de las personas domiciliadas en el territorio de la República, sean nacionales o extranjeras, será juzgada por las leyes de este Código, aun cuando